Cómo se calcula la jubilación: haber inicial y aumentos mensuales
Cómo se arma el haber inicial (PBU, PC y PAP), cuánto es el aporte jubilatorio y cuánto aumentan las jubilaciones en noviembre de 2026 por IPC.
Actualizado: 28 de octubre de 2026. Se incorporaron el haber mínimo, el haber máximo, la PBU y la PUAM de noviembre de 2026 (Resolución ANSES 304/2026), el bono de octubre (Decreto 1108/2026) y las bases sobre las que se calcula el aporte jubilatorio. La versión del 23 de septiembre ya había corregido que el aumento es mensual y sigue al IPC desde el DNU 274/2024.
La jubilación ordinaria se calcula sumando tres componentes que fija la ley 24.241 —la Prestación Básica Universal, la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia— sobre el promedio de las remuneraciones de los últimos diez años de trabajo. Después, ese haber se actualiza todos los meses por inflación: en noviembre de 2026 el aumento es del 1,93 % y el haber mínimo queda en $444.158,46.
Requisitos para la jubilación ordinaria
Para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), el piso de todo el sistema, la ley 24.241 exige dos condiciones acumulativas. El artículo 19 establece que tienen derecho los afiliados "hombres que hubieran cumplido sesenta y cinco (65) años de edad" o "mujeres que hubieran cumplido sesenta (60) años de edad", que además "acrediten treinta (30) años de servicios con aportes computables".
Quien llega a la edad jubilatoria pero no junta los 30 años de aportes puede acceder, a los 70 años y sin distinción de género, a la Jubilación por Edad Avanzada, que exige un mínimo de 10 años de aportes (5 de ellos dentro de los 8 años anteriores a la cesación de servicios).
Para quienes no completan ni siquiera esos años y ya cumplieron 65, la red de contención hoy es la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): no requiere aportes previos, pero exige no cobrar otra jubilación o pensión y equivale al 80% del haber mínimo (en noviembre de 2026, $355.326,77). Podés leer el detalle completo de las prestaciones y de a qué régimen entra cada trabajador en la guía sobre cómo funciona el sistema jubilatorio argentino.
Cómo se calcula el haber inicial: PBU, PC y PAP
Prestación Básica Universal (PBU). Es un monto fijo, igual para todos los que cumplen el requisito de 30 años de aportes. Desde la reforma de la ley 26.417, el artículo 20 de la ley 24.241 la define como una suma base ("el monto del haber mensual de la Prestación Básica Universal se establece en la suma de pesos trescientos veintiséis ($ 326)", valor fijado en 2008) que después se actualiza junto con la movilidad general, igual que el resto de los haberes. Para noviembre de 2026, la Resolución ANSES 304/2026 la fija en $203.182,22.
Prestación Compensatoria (PC). Reconoce los aportes hechos antes de julio de 1994 (cuando regía el viejo sistema). El artículo 24 de la ley 24.241 establece que equivale a "uno y medio por ciento (1,5 %) por cada año de servicio con aportes, o fracción mayor de seis (6) meses, hasta un máximo de treinta y cinco (35) años", aplicado sobre el promedio de remuneraciones.
Prestación Adicional por Permanencia (PAP). Reconoce los aportes posteriores a julio de 1994. El artículo 30 de la ley 24.241, en su texto vigente (modificado por la ley 26.222), establece que el haber de esta prestación "se determinará computando el UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%) por cada año de servicios con aportes realizados al Régimen Previsional Público, en igual forma y metodología que la establecida para la Prestación Compensatoria": el mismo porcentaje que la PC, no el 0,85% que fijaba la redacción original de 1993.
Cómo se promedian las remuneraciones. El promedio que se usa como base de la PC y la PAP no es el último sueldo, sino el de un tramo largo de la carrera laboral. El artículo 24 de la ley 24.241 precisa que se calcula "sobre el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes [...] percibidas durante el período de diez (10) años inmediatamente anteriores a la cesación en el [los] servicios", actualizadas por índice salarial hasta la fecha de cese.
En la práctica, ANSES suma la PBU más la PC más la PAP y compara el resultado con el haber mínimo vigente: si da menos, se paga el mínimo.
La movilidad: por qué ahora es mensual (y no trimestral)
Desde marzo de 2021 y hasta marzo de 2024 la movilidad era trimestral y combinaba la recaudación con la variación de los salarios. Ese esquema ya no rige. El DNU 274/2024, publicado en el Boletín Oficial el 25 de marzo de 2024, cambió la regla: su artículo 32 establece que "los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)", y aclara que "en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario". El nuevo esquema mensual empezó a aplicarse con los haberes de julio de 2024.
En la práctica, cada mes el aumento refleja la inflación de dos meses antes. Ejemplo concreto: el aumento de noviembre de 2026, del 1,93 %, sigue al IPC de septiembre que informó el INDEC (1,9 % redondeado). Por eso el porcentaje cambia todos los meses y no hay una fecha fija "de aumento trimestral". Si querés ver cuánto subieron los precios entre dos meses, podés usar la calculadora de inflación con el IPC.
Haber mínimo, máximo y bono de noviembre de 2026
El haber mínimo garantizado también se actualiza cada mes con la misma movilidad. La Resolución ANSES 304/2026, publicada en el Boletín Oficial el 28 de octubre de 2026, fija los valores que rigen desde noviembre:
| Concepto (noviembre de 2026) | Monto |
|---|---|
| Haber mínimo garantizado | $444.158,46 |
| Haber máximo | $2.988.765,82 |
| Prestación Básica Universal (PBU) | $203.182,22 |
| Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) | $355.326,77 |
| Movilidad del mes | 1,93 % |
Además, a los haberes más bajos se les suma un bono extraordinario no remunerativo, que se define mes a mes por decreto. Para octubre de 2026, el Decreto 1108/2026 otorgó un bono "por un monto máximo de PESOS SETENTA MIL ($70.000)", "que se abonará en el mes de octubre de 2026". Lo cobra completo quien percibe hasta el haber mínimo; quien cobra más recibe sólo lo necesario para llegar al tope que resulta de sumar el haber mínimo y los $70.000. Al 28 de octubre todavía no se había publicado el decreto del bono de noviembre.
Como estos montos cambian todos los meses, la forma confiable de saber cuánto te corresponde es entrar a Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, o revisar las resoluciones de ANSES publicadas en el Boletín Oficial (si nunca lo leíste, acá explicamos cómo leer el Boletín Oficial).
Aporte jubilatorio: qué se descuenta cada mes
El aporte jubilatorio de un trabajador en relación de dependencia es del 11% de su sueldo bruto, según fija el artículo 11 de la ley 24.241 ("el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia será del once por ciento (11 %)"). Ese aporte va al SIPA, el sistema de reparto que paga las jubilaciones actuales. El empleador paga además contribuciones propias, que no se descuentan del sueldo: el detalle de cada porcentaje está en la guía sobre qué parte del sueldo va a la jubilación, y cómo se ven en el recibo, en cómo leer el recibo de sueldo.
El aporte no se calcula sobre cualquier monto: hay una base imponible mínima y una máxima. Para el período devengado noviembre de 2026, la Resolución ANSES 304/2026 las fija en $149.592,45 y $4.861.685,38. Por encima de la base máxima, la parte del sueldo que sobra no paga aporte jubilatorio.
Los monotributistas y autónomos aportan una cuota fija mensual que incluye el componente jubilatorio, según su categoría (podés ver el detalle en la guía de monotributo).
Cómo iniciar el trámite
El trámite se inicia con turno en una oficina de ANSES o de forma remota en Mi ANSES, con Clave de la Seguridad Social. Se piden DNI, CUIL y las certificaciones de servicios que acrediten los años de aportes; si hubo trabajo en el exterior, también la documentación migratoria correspondiente. Después del dictamen y la auditoría de ANSES, se define el haber definitivo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto aumentan las jubilaciones en noviembre de 2026?
Un 1,93 %, según la Resolución ANSES 304/2026. Con ese aumento el haber mínimo pasa a $444.158,46 y el máximo a $2.988.765,82.
¿Las jubilaciones aumentan cada tres meses?
No desde julio de 2024. Con el DNU 274/2024 la movilidad pasó a ser mensual y se calcula sólo con el IPC de dos meses antes.
¿Cuánto es hoy el haber mínimo?
En noviembre de 2026, $444.158,46. Cambia todos los meses: el monto oficial se fija por resolución de ANSES publicada en el Boletín Oficial; consultalo ahí o en Mi ANSES antes de tomar cualquier decisión con ese número.
¿Cuánto es el aporte jubilatorio?
El 11 % del sueldo bruto para quien trabaja en relación de dependencia (artículo 11 de la ley 24.241), calculado entre la base imponible mínima y la máxima del mes. El empleador paga además sus contribuciones, que no se descuentan del sueldo.
¿El bono de $70.000 es para todos los jubilados?
No. Se paga completo a quien cobra hasta el haber mínimo y en forma decreciente para haberes algo mayores; por encima del tope (haber mínimo más $70.000) no corresponde. Se define mes a mes por decreto, así que también hay que revisarlo cada vez.
¿Cómo sé si me conviene esperar más años para jubilarme?
Cada año de aportes suma un 1,5 % del promedio de remuneraciones: a la Prestación Compensatoria si es anterior a julio de 1994 y a la Prestación Adicional por Permanencia si es posterior (la PC tiene un tope de 35 años). Para tu caso concreto, consultá en Mi ANSES.
¿Qué pasa si no llego a los 30 años de aportes?
Podés esperar hasta los 70 años para la Jubilación por Edad Avanzada (con menos años de aportes exigidos) o, si ya tenés 65, acceder a la PUAM. El detalle de cada camino está en la guía sobre cómo funciona el sistema jubilatorio argentino.
Dónde verificar
- Texto del DNU 274/2024: boletinoficial.gob.ar y argentina.gob.ar/normativa
- Ley 24.241 (texto vigente, actualizado): servicios.infoleg.gob.ar
- Resolución ANSES 304/2026 (haberes, PBU, PUAM y bases imponibles de noviembre de 2026): boletinoficial.gob.ar
- Decreto 1108/2026 (bono de octubre de 2026): boletinoficial.gob.ar
- Mi ANSES: anses.gob.ar
Información vigente al 28 de octubre de 2026.